Con la divulgación en La Gaceta, entra en vigor el nuevo régimen transitorio del Poder Judicial aprobado por el Congreso Nacional.

• Reforma da plazo de 60 días a Corte para enviar iniciativa de ley para crear nuevo Consejo de la Judicatura.

La reforma aprobada por el Congreso Nacional que otorga facultades administrativas al pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) entregó en vigor este viernes al publicarse en el Diario Oficial La Gaceta.

En la edición de La Gaceta de este 20 de febrero de 2026 se publicó el Decreto No. 10-2026, mediante el cual el Congreso Nacional reforma disposiciones relacionadas con la administración del Poder Judicial, tras la declaratoria de inconstitucionalidad de la Ley del Consejo de la Judicatura y de la Carrera Judicial, que hace varios años dejó sin sustento jurídico el modelo anterior de gestión.

Pleno ejercerá de forma colegiada

El decreto establece que, mientras no se elijan nuevos miembros del Consejo de la Judicatura, el pleno de los 15 magistrados propietarios de la CSJ ejercerá de forma colegiada las funciones de selección, nombramiento, ascenso, traslado y permuta de jueces, magistrados y demás personal judicial, conforme a la Constitución y las leyes vigentes.

Asimismo, se dispone que los procesos disciplinarios y de despido deberán ser conocidos por al menos tres magistrados, garantizando el derecho de defensa y el debido proceso, mientras que las funciones administrativas corresponderán a la Presidencia de la Corte, previa aprobación del Plan Operativo Anual por el pleno y con informes trimestrales a los magistrados.

Las decisiones deberán contar con el voto favorable de la mitad más uno del pleno.

En sus considerandos, el decreto señala que la concentración de facultades administrativas en una sola autoridad vulneraba el principio de colegialidad y debilitaba los controles internos, por lo que la reforma busca restablecer el equilibrio institucional, fortalecer la independencia judicial y corregir distorsiones normativas que afectaban el funcionamiento del sistema.

La normativa también aclara que la reforma no modifica disposiciones constitucionales, sino que recae sobre una norma transitoria de rango legal, y ordena a la Corte Suprema de Justicia remitir en un plazo de 60 días la iniciativa de ley para crear el nuevo Consejo de la Judicatura.

Mecanismo transitorio

El Decreto No. 10-2026 se constituye como un mecanismo transitorio para asegurar la continuidad administrativa y funcional del Poder Judicial, evitando vacíos legales que puedan afectar la prestación del servicio de justicia.

El decreto establece un esquema colegiado; la normativa busca reforzar la toma de decisiones compartida, promover mayores niveles de transparencia y prevenir la concentración de poder en una sola autoridad.

La reforma fortalece la institucionalidad del sistema judicial, al garantizar que los nombramientos, ascensos y procesos disciplinarios se realicen bajo criterios objetivos, con supervisión interna y apego al debido proceso.

De esta manera, se procura generar mayor confianza ciudadana en el funcionamiento de los tribunales y en la imparcialidad de sus resoluciones.

Asimismo, al ordenar la presentación de una nueva iniciativa de ley para la conformación del Consejo de la Judicatura, el decreto impulsa la construcción de un marco jurídico actualizado, acorde con los principios constitucionales y las necesidades actuales del país.

Este proceso permitirá al Congreso Nacional evaluar y consensuar una normativa permanente que consolide la modernización, independencia y eficiencia del Poder Judicial.

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Nuevo Congreso Nacional

2026-2030

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