Tegucigalpa, Honduras | Martes 22 de septiembre de 2026. La Unidad de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización a Partidos Políticos y Candidatos (UFTF) emitió este 22 de septiembre un comunicado para aclarar el fundamento jurídico de la sanción administrativa establecida mediante la Resolución N.° SE-3041-2026, emitida el 16 de septiembre.

La UFTF señaló que la condición de sujeto obligado está determinada por el artículo 4 de la Ley de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización a Partidos Políticos y Candidatos, por lo que quienes se encuentran comprendidos en esa disposición deben cumplir las obligaciones establecidas en la legislación.

SANCIÓN DERIVA DE LA LEY

Según el comunicado, la sanción se fundamenta directamente en los artículos 22 y 56, numeral 3, de la Ley de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización a Partidos Políticos y Candidatos.

La Unidad también aclaró que el Acuerdo N.° 13-2017 no fue utilizado como fundamento para imponer la sanción ni para sancionar a sujetos obligados durante los procesos de elecciones primarias y generales de 2025.

21 APORTACIONES PRIVADAS

La UFTF explicó que la sanción corresponde a la falta de notificación oportuna de 21 aportaciones privadas, cuyo valor total ascendió a L73,228,860.00.

De acuerdo con el comunicado, la legislación establece que para una primera infracción de esta naturaleza corresponde una multa equivalente al doble del valor recibido y no notificado oportunamente. Aplicando dicha disposición, la sanción asciende a L146,457,720.00.

La resolución ha generado una controversia política y jurídica. La defensa del excandidato presidencial Salvador Nasralla presentó un recurso de apelación ante el Tribunal de Justicia Electoral y solicitó la revocación de la resolución, además de plantear, de manera subsidiaria, la nulidad de las actuaciones.

UFTF DEFIENDE SUS ATRIBUCIONES

En su comunicado, la Unidad sostuvo que sus actuaciones se encuentran dentro de las facultades establecidas en los artículos 10 y 15 de la Ley de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización a Partidos Políticos y Candidatos.

La UFTF reiteró que continuará ejerciendo sus funciones de fiscalización y llamó a la ciudadanía a participar en el fortalecimiento de la transparencia de los procesos electorales mediante la denuncia y participación ciudadana.

La controversia queda ahora sujeta a las vías de impugnación correspondientes y a las decisiones que adopten las autoridades electorales competentes.

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