
El Congreso Nacional aprobó el decreto que declara el 30 de julio de cada año como “Día Nacional contra la Trata de Personas”, reafirmando el compromiso del Estado hondureño en la lucha contra este grave delito que vulnera los derechos humanos y la dignidad de las personas.
La iniciativa tiene como propósito visibilizar y sensibilizar a la población sobre esta problemática, promover acciones de prevención y educación que reduzcan la vulnerabilidad de potenciales víctimas, reforzar la atención integral a quienes han sufrido este delito, y cumplir con los compromisos internacionales asumidos por Honduras en la materia.
Contenido del Decreto
ARTÍCULO 1. Declárase el 30 de julio de cada año como “Día Nacional contra la Trata de Personas”, como expresión del compromiso del Estado de Honduras con la prevención, sanción y erradicación de este delito, así como con la protección de las víctimas.
ARTÍCULO 2. En la fecha establecida, todas las instituciones públicas, educativas, sociales y comunitarias deberán promover actividades de concientización, prevención y formación dirigidas a visibilizar esta problemática y fomentar la protección integral de las personas en riesgo.
ARTÍCULO 3. Instrúyase la incorporación de programas en el sistema educativo nacional que permitan a los estudiantes conocer los riesgos y medidas de prevención contra la trata de personas.
ARTÍCULO 4. El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Con esta medida, el Congreso Nacional reitera su compromiso con la defensa de los derechos humanos, la dignidad de las personas y el fortalecimiento de la cooperación interinstitucional para erradicar la trata de personas en Honduras.







